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El caso de apelación T 0177/22 ante las Salas de Recurso de la Oficina Europea de Patentes (EPO) ejemplifica el papel fundamental que desempeña la interpretación de las solicitudes en la tramitación y los litigios de patentes. La interpretación de las reivindicaciones, que implica determinar el alcance y el significado de las reivindicaciones de una solicitud de patente o de una patente concedida, define los límites de los derechos exclusivos del titular de la patente. La interpretación precisa de las reclamaciones influye en el análisis de la validez, la aplicabilidad y las infracciones de una patente.
Durante el procesamiento, es necesario presentar alegaciones claras y precisas para cumplir con los requisitos legales y evitar el rechazo por parte de las oficinas de patentes. En los litigios, la interpretación de las reclamaciones puede determinar el resultado de las controversias sobre la infracción y la validez de las patentes, lo que la convierte en un elemento fundamental para proteger los derechos de propiedad intelectual.
El caso de apelación A 0177/22 se refería a una patente relacionada con un sistema de agua caliente, propiedad de EC Power A/S, y se enfrentó a la oposición de Grundfos Holding A/S. La oposición impugnó la patente por múltiples motivos, entre ellos la falta de novedad, la capacidad inventiva y la suficiencia de la divulgación. Una cuestión central de la apelación era la coherencia entre la interpretación de la alegación para garantizar la suficiencia de la divulgación y su interpretación para evaluar la novedad y el carácter inventivo. Durante la apelación, el oponente (el demandado) propuso que se utilizara una interpretación más amplia para evaluar la novedad y el carácter inventivo que para evaluar la suficiencia de la divulgación.
La Sala de Apelación no estuvo de acuerdo con el enfoque del oponente y abogó por una interpretación coherente de la reclamación. La Junta hizo hincapié en que el artículo 54 (1) del CPE, relativo a la novedad, el artículo 56 del CPE, relativo a la actividad inventiva, el artículo 100 (b), y el artículo 83 del CPE, relativo a la suficiencia de la divulgación, incluyen el término «invención», que hace referencia al mismo objeto reivindicado.
En opinión de la Junta, esto significa que el objeto de una solicitud de patente determinada debe interpretarse de manera uniforme y coherente en todas estas evaluaciones. Además, la Junta hizo hincapié en que la interpretación de las alegaciones debe ser objetiva y no debe ajustarse únicamente para favorecer o perjudicar a una de las partes por motivos específicos de oposición o procedimientos legales. Por lo tanto, la Junta decidió utilizar la misma interpretación de las reclamaciones para evaluar la suficiencia de la divulgación, la novedad y el paso inventivo.
La decisión de la Sala de Recurso de la EPO en el caso T 0177/22 subraya la importancia de una interpretación coherente de las reclamaciones en las diferentes evaluaciones legales. Este caso pone de relieve el papel esencial que desempeña la interpretación uniforme de las solicitudes para mantener un sistema de patentes justo y predecible.