Brasil – Decisión de primera instancia concede ajuste del plazo de patente en el caso Gilead

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Publicado el
24/2/2026
Brasil – Decisión de primera instancia concede ajuste del plazo de patente en el caso Gilead
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Un tribunal federal concede una indemnización específica para cada caso, lo que indica un posible cambio en la estrategia de la PTA tras la entrada en vigor del artículo 40.

El 10 de febrero, el 4º Juzgado Federal del Distrito Federal concedió un ajuste del plazo de patente (PTA) respecto de la patente PI 0112646-6, titularidad de Gilead Sciences Inc., al reconocer que la demora excesiva e injustificada del Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI) durante el trámite justificaba una compensación.

La solicitud, presentada en 2001, fue concedida recién en 2017 tras más de 16 años de examen. Posteriormente, a raíz de la decisión del Supremo Tribunal Federal en la ADI #5.529 (2021), que declaró inconstitucional la regla de los 10 años desde la concesión prevista en el artículo 40 de la Ley de Propiedad Industrial, el plazo de la patente se redujo significativamente. Gilead no buscó revivir la norma invalidada, sino que solicitó un ajuste específico basado en demoras identificables en el historial de tramitación.

Aunque la demanda fue inicialmente desestimada, el juez reconsideró su posición tras una solicitud de aclaración y concluyó que la demora injustificada del INPI generaba responsabilidad estatal conforme al artículo 37, Párrafo 6º, de la Constitución. En consecuencia, ordenó la expedición de una nueva publicación de la patente con un plazo proporcionalmente extendido.

Si bien los precedentes en materia de PTA en Brasil han sido en su mayoría desfavorables, esta decisión destaca por basarse en un análisis individualizado de la demora, lo que podría abrir la puerta a reclamaciones similares, sujeto a revisión en segunda instancia.