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Con el depósito por parte de Alemania de su instrumento de ratificación de la Acuerdo unificado del Tribunal de Patentes (UPCA) el 17 de febrero de 2023, el Tribunal Unificado de Patentes (UPC) y el Patente unitaria (UP) entran en funcionamiento el 1 de junio de 2023. A continuación, le proporcionamos información básica sobre el nuevo sistema y destacamos algunas consecuencias importantes que deben tenerse en cuenta.
UN Patente unitaria es una patente europea (concedida en virtud del Convenio sobre la Patente Europea (EPC)) para la que se ha solicitado un efecto unitario en los Estados miembros participantes y, por lo tanto, también se la conoce como «patente europea con efecto unitario».
El Tribunal Unificado de Patentes es un tribunal internacional creado por los Estados miembros participantes para tratar la infracción y la validez tanto de las patentes unitarias como de las patentes europeas, creado en virtud del Acuerdo internacional sobre un tribunal unificado de patentes (el Acuerdo UPC o UPCA). El Reglamento de la UPC regulará los procedimientos ante la UPC.
Un Estado miembro participante (o contratante) es un Estado miembro de la Unión Europea (UE) que ha firmado y ratificado la UPCA.
Al principio, se pretendía que la UPC y la UP abarcaran a todos los Estados miembros de la Unión Europea (UE), sin embargo, no todos los Estados miembros de la UE han firmado y ratificado la UPCA.
24 Estados miembros de la UE firmaron el Acuerdo UPC el 19 de febrero de 2013. El Reino Unido firmó el Acuerdo, pero más tarde retiró su firma debido a una de las consecuencias de su salida de la UE.
Hasta la fecha, 17 de esos 24 Estados miembros han ratificado el Acuerdo.
Por lo tanto, tras la entrada en funcionamiento de la UPCA el 1 de junio de 2023, 17 estados serán Estados miembros que participarán en la UPC, incluidos:
Los Estados miembros del EPC que también son Estados miembros de la UE, pero que no formarán parte de la UPC desde el principio son:
Otros estados del EPC que no formarán parte de la UPC son los estados no pertenecientes a la UE, como Albania (AL), Islandia (IS), Liechtenstein (LI), Mónaco (MC), Macedonia del Norte (MK), Noruega (NO), San Marino (SM), Serbia (RS), Suiza (CH), Turquía (TR) y el Reino Unido (Reino Unido).
Una vez que entre en vigor el Tribunal Unificado de Patentes (UPC), el sistema judicial tendrá jurisdicción exclusiva sobre patentes unitarias (UPs) y todo Patentes europeas (EP) que designan a los Estados miembros de la UE participantes de la UPC. Esto significa que una sola decisión de la UPC surtirá efecto en todos los Estados miembros participantes, también en el caso de las patentes clásicas validadas en los Estados miembros participantes de la UPC.
Sin embargo, durante un período transitorio de 7 años (que puede prorrogarse otros 7 años), las patentes europeas clásicas pueden excluirse de la jurisdicción de la UPC, de modo que la UPC no tendrá jurisdicción en los Estados miembros participantes de la patente EP clásica excluida.
La UPC también tendrá jurisdicción sobre los certificados de protección complementaria (SPC), a menos que se hayan excluido o que se deriven de patentes EP excluidas (que se consideran automáticamente excluidas).
En el caso de las patentes unitarias, no será posible excluirse, por lo que la UPC tendrá jurisdicción exclusiva.
Durante dicho período transitorio, habrá una jurisdicción dual arreglo en relación con las patentes europeas clásicas no excluidas, por lo que pueden interponerse casos ante la UPC o ante un tribunal nacional en relación con acciones concretas. Sin embargo, una vez que el tribunal de la UPC conoce de una acción, el PE no puede excluirse, del mismo modo que, una vez que un tribunal nacional conoce de una acción en relación con un PE, el propietario no puede retirar una solicitud de exclusión.
Por lo tanto, durante este período transitorio, los titulares de patentes europeas (que ya existen o se han concedido recientemente) para las que no se pretenda ningún efecto unitario tienen la posibilidad de presentar su caso ante un tribunal nacional en lugar de ante la UPC, a menos que la patente ya haya sido objeto de una acción anterior interpuesta ante la UPC.
Esta posibilidad no existe para las patentes con efecto unitario, sobre las que la UPC siempre tiene jurisdicción.
La interposición de una acción ante la UPC tiene el inconveniente de que el tribunal puede revocar la patente en todos los Estados miembros participantes de la UPC. El titular de la patente también puede tener otros motivos para preferir un tribunal nacional en un caso determinado.
Un tercero puede interponer una acción de revocación ante la División Central de la UPC para anular una patente europea para todos los Estados miembros de la UPC.
Para evitar un ataque tan central, el titular de una patente europea sin efecto unitario puede registrar una darse de baja con el registro de la UPC. En ese caso, un tercero debe interponer su acción de revocación ante los distintos tribunales nacionales.
La exclusión voluntaria debe ser registrada por (todos) los titulares de la patente EP en cuestión (incluidos todos los titulares, si son diferentes, de validaciones nacionales de la patente EP), ante la UPC mediante el sistema de gestión de casos (CMS) de la UPC
Se ha establecido un período de 3 meses (desde Del 1 de marzo de 2023 al 31 de mayo de 2023) para el registro de dichas exclusiones antes del inicio del Tribunal Unificado de Patentes. Este período también se conoce como «período del amanecer».
También se pueden registrar solicitudes de patente europea pendientes y certificados de protección complementarios emitidos para un producto protegido por una patente europea no unitaria.
Como se indicó anteriormente, si no se registra ninguna exclusión voluntaria, el titular de la patente aún tiene la opción de presentar su caso ante un tribunal nacional, siempre que la patente aún no haya sido objeto de una acción anterior interpuesta ante la UPC.
En caso de que el titular de la patente opte por no participar, puede volver a inscribirse en la UPC (mediante retirar la opción de exclusión) en un momento posterior, siempre que no se haya iniciado ninguna acción judicial nacional.

A partir de la fecha de entrada en vigor de la UPCA, será posible solicitar el efecto unitario de una patente europea concedida. Una patente europea con efecto unitario («patente unitaria») será una patente europea concedida por la OEP en virtud de lo dispuesto en el Convenio sobre la Patente Europea, que tendrá efecto unitario para todos los Estados miembros de la UE que participen en el Tribunal Unificado de Patentes (es decir, que hayan ratificado el Acuerdo).
Los procedimientos de concesión, oposición o limitación permanecen sin cambios.
El efecto unitario se otorga a solicitud del titular de la patente dentro del mes siguiente a la concesión. No hay ninguna cuota oficial.
Si la patente está en inglés, una traducción completa debe presentarse en una de las demás lenguas oficiales de la UE (por ejemplo, si la solicitud se presentó por primera vez en una oficina nacional de patentes en una lengua oficial de la UE, incluido el español, este texto puede adaptarse para que coincida con el texto concedido para este fin). Si la patente está en alemán o francés, se debe presentar una traducción completa al inglés. La traducción debe presentarse junto con la solicitud de efecto unitario. El texto traducido es solo para información y no tiene ningún efecto legal.
La traducción solo es necesaria durante un período transitorio de 6 años, que puede ampliarse hasta un máximo de 12 años. Una vez transcurrido el período transitorio, ya no será necesaria una traducción para obtener una patente unitaria.
El efecto unitario solo cubre el territorio de los Estados miembros de la UE que participan en el Tribunal Unificado de Patentes. Alternativamente, el titular de la patente puede seguir la ruta clásica de validación nacional para estos países.
Para todos los demás estados miembros (y estados de extensión) del Convenio sobre la Patente Europea, como los que no son miembros de la UE, por ejemplo, el Reino Unido (GB), Suiza (CH), Noruega (NO), etc., o los miembros no participantes de la UE, por ejemplo, España (ES), Polonia (PL) y Croacia (HR)), debe seguirse la ruta clásica de validación nacional.
Para mantener una patente europea con efecto unitario, se paga una cuota de anualidad única. El importe pagadero corresponderá a las tasas de renovación combinadas adeudadas en los cuatro países en los que las patentes europeas se validaron con mayor frecuencia en 2015, cuando se acordó el nivel de la tasa.
Una patente unitaria solo puede hacerse valer o invalidarse ante el Tribunal Unificado de Patentes. Solo puede ser transferida para todo el territorio de la jurisdicción del Tribunal Unificado de Patentes, pero puede ser con licencia para la totalidad o una parte del territorio.
La patente unitaria será una nueva alternativa a las patentes nacionales ya existentes y a las validaciones nacionales clásicas de los paquetes de patentes europeas.

Tras la entrada en vigor de la UPC el 1 de junio de 2023, las rutas para la protección mediante patente incluirán las rutas tradicionales, las rutas nacionales y europeas y la protección mediante patente unitaria.
Las diferentes rutas conducirán a que las patentes puedan recaer en diferentes jurisdicciones y con diferentes efectos territoriales.
Ruta nacional de patentes:
Solicitud nacional de patente (tramitada ante la oficina nacional de patentes) -> patente nacional (bajo la jurisdicción de los tribunales nacionales) con efecto territorial nacional
Ruta europea de patentes:
Solicitud de patente del PE (tramitada ante la EPO) -> Patente concedida por el PE (concedida por la EPO)
paquete de patente EP sin efecto unitario (mantenido activo a nivel nacional ante las oficinas nacionales de patentes)
o excluirse (bajo la jurisdicción de los tribunales nacionales)
No optar por no participar (bajo la jurisdicción de la UPC, pero con doble jurisdicción con los tribunales nacionales durante el período de transición)
Patente EP con efecto unitario (bajo la jurisdicción de la UPC)
Patente EP con efecto unitario (bajo la jurisdicción de la UPC) + paquete de patente EP para los estados EPC que no participan en la UPC (UE/no UE): por ejemplo, GB + ES + PL (bajo la jurisdicción de los tribunales nacionales)

http://www.unified-patent-court.org/
http://www.epo.org/law-practice/unitary.html
https://www.epo.org/applying/european/unitary/unitary-patent/unitary-patent-guide.html
El estado actual de la ratificación del Acuerdo sobre un Tribunal Unificado de Patentes puede consultarse en el siguiente sitio web:
Sistema de gestión de casos (CMS) UPC https://cms.unified-patent-court.org/