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En su número actual, la revista Grur-prax, que se especializa en derecho de propiedad intelectual, publicó un artículo de nuestro colega y abogado de propiedad intelectual Kathrin Mandel sobre el derecho de marcas, en la que aborda la cuestión de si el alcance de la protección de una marca de servicio minorista también incluye los servicios que el minorista presta con respecto a productos fabricados internamente.
En este contexto, el 29º Senado del Tribunal Federal de Patentes emitió una decisión que se aparta de la opinión del 28º Senado. Según esta decisión, las actividades que se limitan al comercio con productos propios o con productos del propio licenciante no constituyen servicios en el sentido de la clase 35, ya que están amparadas por los derechos derivados del registro de marcas. Sin embargo, este cambio de dirección podría restringir demasiado la libertad de algunos fabricantes de productos, ya que entonces solo podrían defenderse de terceros mediante la protección de su reputación, lo que en la práctica solo es posible con un esfuerzo muy elevado.
Además, el componente de servicio se puede ver en el hecho de que el minorista que vende sus propios productos, en primer lugar, ahorra a los consumidores uno o más viajes a diferentes tiendas para satisfacer sus necesidades y, en segundo lugar, porque brinda a sus clientes una experiencia de compra muy especial y ofrece un asesoramiento más personalizado y competente.
¡El desarrollo ulterior de esta jurisprudencia sigue siendo emocionante!
Si quieres saber más sobre este cambio y cómo puede afectarte, ponte en contacto con nosotros en info@balderip.com
Referencia: https://bit.ly/3EzfBQ2