TRAMITACIÓN DE UNA SOLICITUD DE PATENTE EUROPEA
Presentación
La Oficina Europea de Patentes (EPO) concede una fecha de presentación para la solicitud de patente si se cumplen todos los requisitos de presentación del Convenio Europeo de Patentes (EPC) o tan pronto como se cumplan todos los requisitos de presentación.
Examen de formalidades
Fecha de presentación + 2 meses
En caso de que la solicitud de patente europea se haya presentado en un idioma que no sea inglés, francés o alemán, se debe presentar una traducción en un plazo de dos meses a partir de la fecha de presentación.
Informe de búsqueda europea
Fecha de presentación + 6 meses
Una vez que se ha presentado la solicitud y ha concluido el examen formal, la EPO lleva a cabo una búsqueda de arte previa y emite el Informe de búsqueda europeo junto con una opinión preliminar sobre la patentabilidad de la invención reivindicada. La OEP publica el informe de búsqueda europeo ampliado entre seis y ocho meses después de la fecha de presentación.
Publicación
Fecha de prioridad más temprana + 18 meses
La OEP publica la solicitud de patente europea poco después de la expiración de un período de 18 meses a partir de la fecha de prioridad más temprana (si no se reivindica ninguna prioridad, a partir de la fecha de presentación). Si el informe de búsqueda europeo está disponible, se publica junto con la solicitud; si la EPO aún no lo ha elaborado, el informe de búsqueda europeo se publica por separado.
El solicitante tiene derecho a protección provisional derechos a partir de la fecha de publicación de la solicitud de patente europea y con sujeción a la eventual concesión de la patente europea. Sin embargo, un Estado contratante que no disponga del idioma del procedimiento (es decir, el idioma en el que se tramite la solicitud) como idioma oficial puede prescribir que dicha protección provisional no será efectiva hasta que se haya puesto a disposición del público una traducción de las reclamaciones a uno de sus idiomas oficiales de la manera prescrita en su legislación nacional, o hasta que se haya comunicado a la persona que utilice la invención en ese Estado. Si desea obtener protección provisional en algunos Estados contratantes, contacta con nosotros.
Solicitud de examen
Fecha de publicación del informe de búsqueda europea + 6 meses
El publicación del Informe de búsqueda europea activa un plazo de seis meses para:
- Pagar las siguientes tasas oficiales:
- tasa de examen*;
* si el solicitante tiene su residencia o centro de actividad principal en un Estado contratante del Convenio sobre la Patente Europea que tiene un idioma distinto del inglés, el francés o el alemán como idioma oficial, o es nacional de ese Estado contratante pero reside en el extranjero, en ese momento será necesario confirmar si el solicitante es una pequeña o mediana empresa (PYME) para poder solicitar una reducción del 30% de la tasa de examen a su debido tiempo (para una definición de pyme, cf.. Nota a pie de página de http://documents.epo.org/projects/babylon/eponet.nsf/0/4ED45F44F1F2CD94C1257CAC00472E03/$File/epo_form_1011_04_14_non_editable.pdf)
- tasa de designación;
- opcional: tasas de extensión para Bosnia y Herzegovina (BA) y Montenegro (ME); y
- opcional: tasas de validación para la posterior validación de una patente europea en Camboya (KH), la República de Moldavia (MD), Marruecos (MA) y Túnez (TN), de modo que se concedan patentes nacionales en cualquiera de estos Estados.
- Presentar observaciones y/o modificaciones con vistas al Informe de búsqueda europeo para que la solicitud cumpla con los requisitos del EPC. La respuesta al informe de búsqueda europeo es obligatoria siempre que contenga objeciones. Si no se presenta ninguna respuesta, la solicitud se considerará retirada.
Por lo general, una respuesta «provisional» a las deficiencias puede ser suficiente para evitar que se considere que la solicitud ha sido retirada. BALDER recomienda presentar una respuesta completa, incluidas todas las enmiendas que el solicitante desee introducir, ya que no se pueden introducir más modificaciones más adelante durante el procesamiento sin el consentimiento de la División de Examen.
Además, a partir del tercer año contado a partir de la fecha de presentación, es necesario pagar a la OEP tasas de renovación anuales para el mantenimiento de la solicitud hasta que se haya concedido la patente europea, o hasta que la solicitud de patente europea se rechace o se considere retirada.
Examen
Duración variable, a partir del momento en que se solicita el examen
La División Examinadora de la EPO revisa si la solicitud cumple con todos los requisitos del EPC. Estos requisitos incluyen: entre otras cosas, si el objeto reivindicado se refiere a una invención patentable que es novedosa y supone un avance inventivo con respecto a la técnica anterior, y es aplicable industrialmente.
La División Examinadora emite comunicaciones oficiales (acciones de oficina) cuando no se cumplen los requisitos del EPC. Las comunicaciones oficiales se publican con observaciones y/o enmiendas para cumplir con los requisitos del EPC, lo que permite avanzar en la tramitación de la solicitud.
Según lo exige el EPC, las enmiendas de la solicitud tal como se presentaron originalmente, de manera explícita o implícita, deben respaldarse para que las enmiendas sean admisibles. Todas las enmiendas y su respaldo en los documentos de solicitud originales deberán especificarse claramente.
Intención de conceder
El comunicación sobre la intención de conceder la patente europea activa un plazo de cuatro meses para:
- Aceptar el texto y los dibujos propuestos por la División de Examen o solicitar la modificación de los mismos mediante una exposición motivada con enmiendas.
- Pagar las siguientes tasas oficiales:
- subvenciones y gastos de impresión;
- las tarifas de renovación adeudadas (si las hubiera); y
- tarifas de reclamación (si las hubiera).
- Presentar traducciones de las reclamaciones a los otros dos idiomas oficiales de la EPO, por ejemplo, al alemán, el francés y el inglés.
Cualquier solicitud de patente europea divisional debe presentarse mientras esté pendiente la solicitud de los padres. Por lo tanto, en caso de que se vayan a presentar solicitudes divisionales, es aconsejable hacerlo en esta fase, pero en cualquier caso, al menos un día antes de la concesión de la patente europea.
viii) Concesión de la patente europea y trámites de validación — Fecha de la intención de conceder la comunicación + ~6 meses
Una vez aceptados el texto y los dibujos de la intención de conceder la comunicación, y cumplidos los requisitos adicionales, la EPO publica el mencionar la beca, que es la fecha en la que entrará en vigor la decisión de conceder la patente europea.
Las solicitudes de patente europea divisionales pueden presentarse hasta un día antes de la fecha en que surta efecto la decisión de conceder la patente europea. La información sobre el procedimiento de validación está disponible en este enlace.
La publicación de la concesión de la patente europea desencadena un plazo de 3 meses para completando formalidades de validación (aplicable a la mayoría de los Estados designados) en los países en los que vayan a surtir efecto los derechos de protección conferidos por la patente europea.
Además, la publicación de la concesión activa el período de 9 meses durante el cual terceros pueden presentar oposiciones contra la patente europea concedida.
Concesión
Se concede la patente.
DATOS DE VALIDACIÓN
Como se indica en este enlace, la publicación de la concesión de la patente europea desencadena un plazo de 3 meses para completar los trámites de validación (aplicables a la mayoría de los Estados designados) en los países en los que vayan a surtir efecto los derechos de protección conferidos por la patente europea y que sean miembros del Convenio sobre la Patente Europea. Del mismo modo, cuando las tasas de extensión y/o validación se hayan pagado junto con las tasas de designación, formalidades de extensión/validación ya que los Estados respectivos también deben completarse en este momento para que los derechos de protección también surtan efecto en estos Estados.
Los Estados contratantes del Convenio sobre la Patente Europea son los siguientes: AL, AT, BE, BG, CH, CY, CZ, DE, DK, EE, ES, FI, FR, GB, GR, HR, HU, ES, ES, IT, LI, LT, LU, LV, MC, MK, MT, NL, NO, PL, PT, RO, RS, SE, SI, SK, SM y TR.
En cuanto a las formalidades de validación, tras la entrada en vigor del Acuerdo de Londres hay tres grupos diferentes de Estados contratantes:
a) Estados contratantes que NO han firmado el Acuerdo de Londres.
AT, BG, CY, CZ, EE, ES, GR, IT, MT, PL, PT, RO, SM, RS, SK, TR
Los trámites de validación deben completarse y, en la mayoría de los casos, se requiere la presentación de una traducción de todo el texto de la patente. De lo contrario, la patente europea se considerará nula ab initio para el Estado correspondiente.
b) Estados contratantes que han firmado el Acuerdo de Londres:
BE, FR, GB, CH, DE, IE, LI, LU, MC.
La presentación de una traducción del texto de la patente ya no es necesaria, ya que la patente europea concedida se considera automáticamente una patente nacional normal. Por lo tanto, no se requeriría ninguna otra acción (aparte del pago de las tasas de mantenimiento anuales).
Sin embargo, puede ser aconsejable pedir a un abogado de patentes local que se designe como domicilio ante la Oficina de Patentes local para recibir cualquier notificación eventual relacionada con la patente nacional.
c) Los Estados contratantes que han firmado el Acuerdo de Londres, PERO la presentación de una traducción de las reclamaciones sigue siendo obligatoria. De lo contrario, la patente europea se considerará nula ab initio para el Estado correspondiente, de conformidad con el artículo 65 (2) del EPC:
AL, DK, FI, HR, HU, IS, LT, LV, MK, NL, NO, SE y SL.
