Solicitud de marca en Guatemala

Tramitación de una Solicitud de marca en Guatemala

Presentación

La fecha de presentación de una marca guatemalteca es la asignado al presentar la solicitud.

Si se reivindica la prioridad, la fecha de presentación seguirá siendo la misma, pero la fecha de prioridad será la reclamada.

Los derechos de prioridad deben reclamarse en el momento de la presentación o dentro de un plazo máximo de 3 meses contados a partir de la fecha de vencimiento del plazo de prioridad de 6 meses, siempre que la nueva solicitud se haya presentado dentro del plazo de prioridad de 6 meses.

Examen formal

Dentro de 1 a 2 meses desde la fecha de presentación

La Oficina de Marcas de Guatemala determinará si la solicitud cumple con los requisitos formales y, de ser así, la marca pasará a un examen de fondo.

Publicación

Orden de publicación + 6 meses

Una vez finalizado el período de examen y no se haya presentado ninguna objeción, la marca se publicará en el Diario Oficial con fines de oposición.

Periodo de oposición

2 meses a partir de la fecha de la primera publicación

El período de oposición comienza tan pronto como la marca se publique por primera vez y finaliza 2 meses después de la primera publicación.

Examen sustantivo

Dentro de 1 a 2 meses desde la fecha de presentación

Durante esta fase, la Oficina de Marcas analizará la solicitud por motivos de denegación absolutos y relativos. Esto incluye una búsqueda para determinar los posibles obstáculos legales.

Si no se encuentran obstáculos, la Oficina de Marcas procederá a ordenar la publicación de la marca.

Cuotas de inscripción

Concesión

Dentro de 7 a 8 meses desde la fecha de presentación

Si no se encuentran obstáculos, la Oficina de Marcas de Guatemala procederá a conceder la marca.

La marca estará protegida durante un período de 10 años, contados a partir de la fecha de concesión.

Certificado de registro

1 mes contados desde el día de la resolución de concesión

Una vez que la Oficina de Marcas emita su decisión de conceder la solicitud, se emite un certificado de registro en papel.

Presentación

La fecha de presentación de una marca guatemalteca es la asignado al presentar la solicitud.

Si se reivindica la prioridad, la fecha de presentación seguirá siendo la misma, pero la fecha de prioridad será la reclamada.

Los derechos de prioridad deben reclamarse en el momento de la presentación o dentro de un plazo máximo de 3 meses contados a partir de la fecha de vencimiento del plazo de prioridad de 6 meses, siempre que la nueva solicitud se haya presentado dentro del plazo de prioridad de 6 meses.

Examen formal

Dentro de 1 a 2 meses desde la fecha de presentación

La Oficina de Marcas de Guatemala determinará si la solicitud cumple con los requisitos formales y, de ser así, la marca pasará a un examen de fondo.

Publicación

Orden de publicación + 6 meses

Una vez finalizado el período de examen y no se haya presentado ninguna objeción, la marca se publicará en el Diario Oficial con fines de oposición.

Periodo de oposición

2 meses a partir de la fecha de la primera publicación

El período de oposición comienza tan pronto como la marca se publique por primera vez y finaliza 2 meses después de la primera publicación.

Examen sustantivo

Dentro de 1 a 2 meses desde la fecha de presentación

Durante esta fase, la Oficina de Marcas analizará la solicitud por motivos de denegación absolutos y relativos. Esto incluye una búsqueda para determinar los posibles obstáculos legales.

Si no se encuentran obstáculos, la Oficina de Marcas procederá a ordenar la publicación de la marca.

Cuotas de inscripción
Concesión

Dentro de 7 a 8 meses desde la fecha de presentación

Si no se encuentran obstáculos, la Oficina de Marcas de Guatemala procederá a conceder la marca.

La marca estará protegida durante un período de 10 años, contados a partir de la fecha de concesión.

Certificado de registro

1 mes contados desde el día de la resolución de concesión

Una vez que la Oficina de Marcas emita su decisión de conceder la solicitud, se emite un certificado de registro en papel.

Información útil

Cancelación por falta de uso de la marca

A solicitud de cualquier parte interesada y con una audiencia previa para el titular del registro de marca, la autoridad judicial competente cancelará el registro de una marca cuando no se haya utilizado durante un período de cinco años anterior a la fecha en que se interpuso la demanda de cancelación. La solicitud de cancelación no se tramitará antes de que hayan transcurrido los cinco años, a partir de la fecha del registro de la marca. La cancelación de un registro por falta de uso también puede solicitarse como defensa contra una objeción del Registro, una objeción de un tercero al registro de una marca, una solicitud de declaración de invalidación de un registro o una acción por la infracción de una marca registrada. En estos casos, la cancelación será resuelta por la autoridad judicial competente.