Aquí encontrará toda la información importante sobre la presentación marcas, diseños y patentes.

- Parte contratante de El Convenio de París: SÍ.
- Parte contratante de Arreglo de La Haya sobre Diseños Industriales: NO.
Ley No. 17.164.
6 meses
SÍ.
- Poder notarial.
- Dibujos que muestran todas las vistas del diseño.
- No se requiere descripción.
- Documento de prioridad, cuando proceda, traducido por un traductor jurado local.
SÍ.
SÍ. 12 meses
- Presentación.
- Solicitud de publicación dentro de un plazo de 12 meses a partir de la fecha de prioridad, momento en el que la solicitud se publica de manera efectiva en un plazo de 1 a 2 meses.
- Pago de las tasas de examen.
- Decisión.
SÍ. Se pueden presentar oposiciones dentro de 60 días de la publicación. También son posibles las acciones de nulidad, en un plazo de 5 años a partir de la concesión o en un plazo de 3 años a partir de la explotación, el plazo que venza primero.
De 12 a 18 meses.
10 años, prorrogable por 5 años adicionales (el pago de la cuota de renovación debe hacerse en el décimo año, solicitando la prórroga por los 5 años adicionales). Hay que pagar las anualidades para preservar los derechos.
- Parte contratante de El Convenio de París: SÍ.
- Parte contratante de El Sistema de Madrid: NO.
Ley 17.011 de fecha 25 de septiembre de 1998.
(Decreto reglamentario 34/99 de 3 de febrero de 1999)
Buena clasificación, 13ª edición.
SÍ.
Palabras, nombres, acrónimos, letras, números, dispositivos, combinaciones de colores, formas tridimensionales, la forma tridimensional de un producto o de su embalaje, marcas sonoras, patrones, movimientos, posiciones, elementos multimedia y cualquier signo capaz de distinguir productos o servicios.
- Poder notarial simplemente firmado (no se requiere legalización ni certificación notarial) dentro de los 30 días a partir de la fecha de solicitud.
- Copia certificada de la solicitud prioritaria y su traducción al español en un plazo de 90 días a partir de la fecha de solicitud. La traducción de la solicitud prioritaria debe estar firmada por un traductor jurado local.
- Absoluto motivos de denegación: SÍ.
- Relativo motivos de denegación: SÍ.
30 días desde la fecha de publicación.
Aproximadamente De 6 a 7 meses a menos que se planteen obstáculos.
10 años a partir de la fecha de registro.
SÍ. A partir del 1 de enero de 2014 se puede solicitar la cancelación si la marca no se ha utilizado durante 5 años, a partir de la fecha de registro. Las acciones de cancelación por falta de uso son posibles a partir del 1 de enero de 2019. La cancelación parcial no es posible.
6 meses antes de la fecha de renovación.
6 meses
- Parte contratante de El Convenio de París: SÍ.
- Parte contratante de El Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT): SÍ.
Ley de Patentes 17.164/2000.
- Patente de invención.
- Modelo de utilidad.
NO.
- Poder notarial simplemente firmado (no se requiere legalización) dentro de los 30 días posteriores a la presentación.
- Documento de cesión de los inventores simplemente firmado (no se requiere legalización) dentro de un plazo de 180 días hábiles a partir de la presentación. No es obligatorio en determinadas circunstancias.
- Copia certificada de la solicitud prioritaria en un plazo de 180 días a partir de la presentación. La traducción de la solicitud prioritaria debe estar firmada por un traductor local jurado registrado.
NO. Se acepta la presentación tardía de la traducción al español dentro de un plazo de 30 días siempre que, al presentar la solicitud, se presenten al menos la traducción al español de las reclamaciones y el resumen y las primeras páginas del pliego de condiciones.
SÍ, dentro de 120 días de la publicación.
NO.
SÍ, dentro de 60 días hábiles de la publicación.
SÍ, dentro de 60 días hábiles de la publicación.
8 años.
20 años desde la fecha de presentación.
10 años a partir de la fecha de presentación y podría renovarse por 5 años más.
UM adecuado para utensilios, instrumentos, herramientas, aparatos, dispositivos o cualquier parte o mejora de los mismos, pero no para productos, métodos o usos químicos; umbral inferior para la etapa inventiva.
Anualmente después de la subvención.
NO es obligatorio.
SÍ.
