Aquí encontrará toda la información importante sobre la presentación marcas, diseños y patentes.

- Parte contratante de El Convenio de París: SÍ.
- Parte contratante de Arreglo de La Haya sobre diseños industriales: NO.
Decreto Ley de Propiedad Industrial 12-99-E, en vigor a partir de enero de 2000.
1 año
NO.
- Reproducción gráfica o fotográfica del diseño industrial, es posible presentar más de una vista (plano, perfil, sección), si es tridimensional; si es bidimensional para textiles, papel u otro material plano, la reproducción puede sustituirse por una muestra del producto que incorpore el diseño.
- Designación de los productos a los que se va a aplicar el diseño, con la clase y la subclase a las que pertenecen.
- Documento de cesión del inventor al solicitante debidamente notariado y legalizado por la Apostilla.
- Poder notarial, debidamente notariados y legalizados por la Apostilla.
- Copia certificada del documento de prioridad (si corresponde): no se requiere legalización mediante apostilla.
- Vistas (parte superior, inferior, lado derecho e izquierdo, perspectiva, anverso y reverso del diseño industrial).
- Indicación precisa del tipo o categoría de los productos a los que se aplicará el diseño y la clase y subclase de estos productos.
SÍ.
SÍ, a petición del solicitante, en cualquier momento antes de la orden de publicación. La Oficina aplazará la publicación durante el tiempo especificado en la solicitud, que no podrá exceder de 12 meses a partir de la fecha de presentación de la solicitud.
- Presentación.
- Exámenes formales y sustantivos.
- Periodo de publicación.
- Periodo de oposición.
- Decisión.
- Certificado de registro.
SÍ dentro 30 días desde la fecha de publicación.
De 6 a 8 meses.
5 años desde la presentación, más 2 plazos de renovación de 5 años cada uno.
- Parte contratante de El Convenio de París: SÍ.
- Parte contratante de El Sistema de Madrid: NO.
Ley de Propiedad Industrial (Decreto 12-99-E de 2000).
Buena clasificación, 11ª edición.
NO.
Palabras, nombres, seudónimos, lemas comerciales, formas, retratos, cartas, figuras, monogramas, etiquetas, escudos de armas, estampados en algodón, viñetas, flecos, líneas, rayas, combinaciones y arreglos de colores. Las marcas de sonido y olor ahora se aceptan como resultado de las regulaciones del DR-CAFTA.
- Poder notarial debidamente notariado y legalizado por la Apostilla en un plazo de 30 días a partir de la solicitud oficial.
- Copia certificada de la solicitud prioritaria y su traducción al español dentro de los 30 días siguientes a la solicitud oficial.
- Absoluto motivos de denegación: SÍ.
- Relativo motivos de denegación: SÍ.
30 días hábiles contado desde el día de la última publicación.
Aproximadamente 12 a 14 meses, a menos que se planteen obstáculos.
10 años a partir de la fecha de registro.
SÍ. Se puede solicitar la cancelación si la marca no se ha utilizado durante 3 años, a partir de la fecha de registro. La cancelación parcial es posible. Se puede pagar un impuesto de rehabilitación, que protege la marca contra las solicitudes de cancelación de terceros.
1 año antes de la fecha de renovación.
6 meses
- Parte contratante de El Convenio de París: SÍ.
- Parte contratante de El Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT): SÍ. Plazo para entrar en la fase nacional: 30 meses.
Ley de Propiedad Intelectual 12/1999.
- Patente de invención.
- Modelo de utilidad.
NO.
- Poder notarial debidamente notariado y legalizado dentro de los 30 días siguientes a la acción de la oficina.
- Documento de cesión de los inventores debidamente notariado y legalizado dentro de los 60 días siguientes a la acción de la oficina.
- Copia certificada de la solicitud prioritaria dentro de los 60 días siguientes a la intervención de la oficina (no es necesario para entrar en la fase nacional de las solicitudes del PCT, siempre que esté disponible el formulario PCT/IB304).
NO disponible.
NO.
NO.
SÍ, dentro 90 días hábiles de la publicación.
SÍ, dentro de 90 días hábiles de la publicación.
4 años.
20 años desde la fecha de presentación.
10 años desde la fecha de presentación.
UM Adecuado para utensilios, instrumentos, herramientas, aparatos, dispositivos o cualquier parte o mejora de los mismos, pero no para productos, métodos o usos químicos; umbral inferior para la etapa inventiva.
Anualmente, también durante la tramitación de la solicitud.
NO es obligatorio.
SÍ.
