Prosecution Guidelines in Colombia

Tienes preguntas — ¡tenemos las respuestas!
Aquí encontrará toda la información importante sobre la presentación marcas, diseños y patentes.
PIB:
363.5 mil millones de dólares
Importaciones:
69.350 millones de dólares
Población:
52,32 millones
Superficie total:
1.141.748 km2
Idiomas oficiales:
española
Moneda:
Peso colombiano ($) (COP)
Hora local:
HH:MM:SS
Colombia
Tratados administrados por la OMPI:

Parte contratante de El Convenio de París: Sí. Parte contratante de Arreglo de La Haya sobre Diseños Industriales: NO.

Ley aplicable:

Decisión 486 de la Comunidad de la Comisión Andina.

Período de gracia para la presentación de solicitudes, a partir de la divulgación:

, hay un período de gracia de 12 meses, siempre que se origine en:

  1. El diseñador.
  2. Una oficina de marcas y patentes.
  3. Un tercero que obtuvo la información del diseñador.
Múltiples aplicaciones de diseño (una aplicación para diferentes formas de realización) disponibles:

NO.

Requisitos formales de presentación:
  • Representación gráfica o fotográfica del diseño, vista en perspectiva y vista superior, inferior, laterales, parte delantera y trasera.
  • Documento de cesión.
  • Documento de prioridad, cuando proceda.
Clasificación de Locarno:

SÍ.

Publicación aplazada:

NO.

Esquema del procedimiento de registro:
  • Presentación.
  • Examen formal.
  • Publicación.
  • Oposición.
  • Examen de oficina (excluyendo la novedad, a menos que se haya presentado una oposición).
  • Decisión.
Oposición:

SÍ, dentro de 30 días desde la fecha de publicación. Tras la concesión de la solicitud, se puede solicitar la nulidad.

Tiempo promedio desde la presentación de la solicitud hasta la concesión:

Aproximadamente 7 meses, cuando no se presenten oposiciones. Alrededor de 1 año y medio, en caso de que se presente una oposición.

Plazo de protección y mantenimiento:

10 años a partir de la fecha de presentación.

Enlace:
Tratados administrados por la OMPI:

Parte contratante de El Convenio de París: SÍ.

Parte contratante de El Sistema de Madrid: SÍ.

Ley de marcas en vigor:

Decisión 486 de la Comunidad Andina. El Decisión del Pacto Andino prevé una ley de marcas común entre los países miembros (Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú). No proporciona un procedimiento de registro común, pero otorga ciertos derechos recíprocos que están disponibles a pedido del propietario de la marca. Por ejemplo, una entidad que solicitó por primera vez el registro de una marca en cualquier País Miembro puede presentar una oposición contra una marca similar presentada en los demás Países Miembros.

Clasificación:

Buena clasificación, 13ª edición.

Aplicaciones multiclase:

SÍ.

Marcas registrables:

Palabras, nombres, acrónimos, letras, números, dispositivos, emblemas, hologramas, combinaciones o matices de colores, formas tridimensionales, la forma tridimensional de un producto o de su embalaje, marcas sonoras y cualquier combinación de los signos antes mencionados.

Requisitos formales de presentación:
  • Poder notarial simplemente firmado (no se requiere legalización ni certificación notarial) en un plazo de 60 días a partir de la solicitud de notificación.
  • Copia escaneada de la solicitud prioritaria y su traducción al español en un plazo de 9 meses a partir de la fecha de solicitud prioritaria.
Examen:
  • Absoluto motivos de denegación: SÍ.
  • Relativo motivos de denegación: SÍ.
Periodo de oposición:

30 días desde la fecha de publicación.

Tiempo promedio desde la presentación de la solicitud hasta la concesión:

Aproximadamente 8 a 14 meses a menos que se planteen obstáculos.

Plazo de protección:

10 años a partir de la fecha de registro.

Requisitos de uso:

SÍ. Se puede solicitar la cancelación si la marca no se ha utilizado durante 3 años en ningún estado miembro del Pacto Andino, a partir de la fecha de registro. La cancelación parcial es posible.

Condiciones de renovación:

6 meses antes de la fecha de renovación.

Período de gracia:

6 meses

Enlace:
Tratados administrados por la OMPI:

Parte contratante de El Convenio de París: SÍ.

Parte contratante de El Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT): SÍ. Plazo para entrar en la fase nacional: 31 meses.

Ley de Patentes en vigor:

Decisión 486Comunidad Andina (Acuerdo de Cartagena, 1 de diciembre de 2000).

Tipos de protección disponibles:
  • Patente de invención.
  • Modelo de utilidad.
Requisitos de primera presentación ante la Oficina de Patentes local para las invenciones realizadas por nacionales:

NO.

Requisitos formales de presentación:
  • Poder notarial simplemente firmado (no se requiere legalización) dentro de los 60 días posteriores a la acción de la oficina.
  • Documento de cesión de los inventores simplemente firmado (no se requiere legalización) dentro de los 60 días posteriores a la acción de la oficina.
  • Copia certificada de la solicitud prioritaria en un plazo de 16 meses a partir de la fecha de prioridad (no es necesario para la entrada en la fase nacional de las solicitudes PCT (no se requiere para entrar en la fase nacional de las solicitudes PCT siempre que esté disponible el formulario PCT/IB304).
Presentación de la solicitud de patente en un idioma extranjero:

NO disponible.

El solicitante debe solicitar un examen de fondo:

SÍ, dentro de 6 meses publicación.

El solicitante debe solicitar el informe de búsqueda:

NO.

Observaciones de terceros:

SÍ, dentro de 60 días hábiles desde la publicación (extensión posible)

Oposición:

SÍ, dentro de 60 días hábiles desde la publicación (extensión posible).

Tiempo promedio desde la presentación de la solicitud hasta la concesión:

2 — 3 años.

Plazo de protección de las patentes:
  • PCT: 20 años a partir de la fecha de presentación internacional del PCT.
  • Convenio de París: 20 años a partir de la fecha de presentación en Colombia.
Plazo de protección de los modelos de utilidad:
  • PCT: 10 años a partir de la fecha de presentación internacional del PCT.
  • Convenio de París: 10 años a partir de la fecha de presentación en Colombia.
Diferencias entre modelo de utilidad y patente:

UM adecuado para utensilios, instrumentos, herramientas, aparatos, dispositivos o cualquier parte o mejora de los mismos, pero no para productos, métodos o usos químicos; umbral inferior para la etapa inventiva.

Mantenimiento:

Anualmente después de la subvención.

Marcado del producto con el número de solicitud/patente:

NO es obligatorio.

Licencias obligatorias:

SÍ.

Enlace:

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