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La reforma introduce cambios relevantes con los que el Gobierno de México busca modernizar el sistema de protección de invenciones y alinearlo con estándares internacionales.
Entre las principales novedades, la reforma permite reclamar la titularidad de una patente o registro concedido indebidamente, así como el derecho del inventor a ser mencionado en la publicación de una solicitud o de un derecho ya concedido.
Asimismo, se contempla la restitución del derecho de prioridad fuera del plazo establecido por el Convenio de París, siempre que dicha restitución se solicite dentro de los dos meses siguientes a la fecha de expiración correspondiente.
La reforma también introduce el concepto de “solicitudes provisionales” (provisional applications), similar al existente, por ejemplo, en Estados Unidos.
Por otro lado, se reduce a un año el plazo para resolver el examen de fondo de una solicitud de patente. Durante dicho procedimiento únicamente podrán emitirse dos acciones oficiales, conforme a la nueva regulación, frente a las cuatro previstas anteriormente.
Además, se establece un Comité Técnico Especializado al que podrán presentarse reclamaciones en caso de incumplimiento de los plazos establecidos para la concesión de derechos de propiedad industrial.
Finalmente, la reforma prevé la emisión de certificados complementarios de protección de patentes en casos de retrasos injustificados en la concesión de la correspondiente autorización de comercialización.